Ejecución hipotecaria
Podríamos definir la ejecución hipotecaria como aquel o aquellos procedimientos ejecutivos que, como consecuencia del impago por parte del deudor de las cuotas hipotecarias correspondientes, están destinados a ordenar la venta del bien inmueble hipotecado.
De esta manera, estos procedimientos dan lugar a que la entidad bancaria con la que se contrajo la hipoteca pueda proceder no sólo al embargo del bien inmueble en cuestión, sino también a su posterior presentación a subasta pública.
Afortunadamente, existen diferentes vías para reducir los efectos de la ejecución hipotecaria y en AvanzAC Abogados queremos informarle de ellas:
1.- La negociación con la entidad bancaria para la reestructuración de la deuda hipotecaria. Con esta vía su banco podría proponerle una serie de medidas con las que hacerle más fácil el pago de las cuotas mensuales: la ampliación del pago total de amortización, el establecimiento de un período de carencia de 2 a 4 años o la rebaja del tipo de interés.
2.- La oferta, por parte de su entidad bancaria, de una quita de la deuda hipotecaria. O, dicho de otra manera, una rebaja del total de la deuda.
3.- La solicitud, por parte del deudor, de la dación de pago, medio por el cual se cancelaría de manera absoluta la deuda contraída a través de la entrega del inmueble hipotecado al banco.
Asimismo, con el propósito de reforzar la protección a los deudores hipotecarios y, sobre todo, de reducir el número de desahucios de familias en peligro de exclusión, se aprobó el Real Decreto-ley 27/2012. Este documento obliga a suspender de manera inmediata y durante un plazo de dos años los desahucios de las familias que cumplan con alguno de los dos requisitos que indicamos a continuación:
-
Familias numerosas.
-
Familias monoparentales con dos hijos a cargo.
-
Familias con un menor de tres años o algún miembro dependiente o discapacitado.
-
Familias en las que el deudor hipotecario se encuentre en una situación de desempleo y haya agotado todas las prestaciones sociales.
-
Y, por último, víctimas de violencia de género.
Este RD-L está dirigido, por tanto, a evitar la ejecución hipotecaria de personas y familias que se encuentren en una situación de especial vulnerabilidad.
Como puede comprobar, existen numerosas vías de evitar o reducir los daños de una ejecución hipotecaria. En nuestro despacho de abogados hemos ayudado a miles de familias resolver sus problemas con sus hipotecas. Incluso cuando creían que lo perderían todo a causa de una ejecución hipotecaria impuesta por sus bancos.
Noticia relacionada : La Ley de Emergencia Social permitiría en ciertos casos la expropiación a los bancos. Ver link : www.expansion.com
Si desea obtener más información acerca de los medios de los que dispone para hacer frente a su hipoteca o quiere conocer en detalle todo lo que podemos hacer por usted no dude en llamarnos. Disponemos de despachos en Madrid, Valencia, Barcelona y Palma de Mallorca, aunque ofrecemos nuestros servicios a todos los rincones del país. Además, atendemos tanto a personas físicas como jurídicas.