A pesar de que el TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión Europea) dictó Sentencia el pasado 3 de marzo al respecto, en la misma se dejaba en manos del juez nacional la interpretación de su legalidad, es por ello por lo que la interpretación del Tribunal Supremo el próximo 30 de septiembre adquiere una relevancia decisiva, ya que marcará el camino para posibles demandas en su caso.
Desde Avanzac Abogados recomendamos plantear la reclamación extrajudicial previa a la entidad financiera correspondiente detallando bien la cláusula indicada y lo que pretendemos se nos devuelva y esperar a la fecha indicada del 30 de septiembre para ya según la interpretación del Alto Tribunal valorar el plantear demanda por ese producto a la entidad financiera correspondiente de acuerdo a la línea jurisprudencial que se determine.