Valencia. La sección novena de la AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALENCIA ha dictado una sentencia en la que confirma un fallo anterior del juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia sobre la NULIDAD DE UNA CLÁUSULA SUELO en un contrato hipotecario en un cliente de Cajas Rurales Unidas al tiempo que la revoca en lo relativo a la obligación de devolver las cantidades cobradas de más, ya que la Audiencia condena a la entidad a aplicar la nulidad de la cláusula CON EFECTO RETROACTIVO.
Según la sentencia a la que ha tenido acceso LAS PROVINCIAS, la entidad deberá devolver a los demandantes 10.270 euros por las cantidades cobradas de más durante el tiempo en el que se aplicó la cláusula declarada nula.(…)
Es de destacar que Audiencias de otras comunidades autónomas sí habían dictado ya sentencias favorables a la anulación de las cláusulas suelo con efecto retroactivo; sin embargo en Valencia es la primera vez que la Audiencia estima el efecto retroactivo.
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