El Juzgado número 87 de Primera Instancia de Madrid ha ordenado a Bankia devolver un total de 112.000 euros invertidos en acciones y participaciones preferentes por no informar al cliente de la situación económica real de la entidad en su salida a Bolsa ni de los riesgos de la operación.
Según la sentencia, la entidad «obró con total oscuridad, con mala fe, anteponiendo sus propios intereses a los sus de sus clientes, con ocultación de los riesgos de insolvencia cierta en la que se hallaba y haciendo partícipes forzosos de esa insolvencia» a sus clientes.
La juez, ha fallado que el banco actuó «a sabiendas que estaba captando recursos propios de inversores cuya voluntad no era convertirse en accionistas o partícipes del riesgo y ventura societaria».
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