Como consecuencia de la situación en la que nos encontramos tras la pandemia generada por el COVID-19, en el ámbito laboral están surgiendo muchas preguntas, tanto para trabajadores como para empresas.
Si soy una EMPRESA, ¿qué tipo de ERTE puedo iniciar?
- ERTE de suspensión de los contratos. Será adecuado si la actividad que desarrolla su empresa se ha visto paralizada, y en consecuencia, los empleados no pueden prestar sus servicios.
- ERTE de reducción de jornada. Será aconsejable iniciarlo cuando las necesidades de su empresa o por sus características es necesario que sus empleados sigan trabajando aunque a un ritmo reducido.
¿La empresa deberá pagar las cuotas a la seguridad social?
Los empresarios con menos de 50 trabajadores con un expediente por fuerza mayor vinculado al Covid-19 están exonerados de abonar el pago de las cuotas a la Seguridad Social de su plantilla.
¿Los trámites se pueden realizar online?
Sí, le damos asistencia telemática.
¿Qué documentación general necesitan?
Relación de trabajadores y sobre todo una memoria justificativa de la suspensión bien fundamentada, que desde Avanzac le ayudaremos a redactar adecuadamente.
Si soy un TRABAJADOR, ¿cobraré paro?
Sí, se cobra paro. El 70 % de la base de cotización, pudiendo llegar a los 1400€ si se tiene varios hijos a cargo.
Póngase en contacto con nosotros. Nosotros le llamamos.
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