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La banca siempre gana. ¿Ha de pagar la banca el impuesto de actos jurídicos documentados?.

Tras la sentencia de 16 de octubre del Tribunal Supremo sala de lo contencioso-administrativo se decía que la banca debía pagar el impuesto AJD, corrigiendo a la sala de lo civil en sentencia de febrero. A lo que de forma casi inmediata se anuncia reunión de pleno del TS para 5 Nov para unificar doctrina. El 24 de octubre se comunican dos sentencias más que se remiten a la sentencia de 16 de octubre.

Desde Avanzac abogados sugerimos a nuestros clientes que si su hipoteca la firmo del 18 d octubre de 2014 hasta hoy dirija reclamación a la Consejería de hacienda de la comunidad donde resida. Desde el despacho se lo podemos también tramitar.

El lío y la imagen del Tribunal Supremo se está viendo afectada por estos aparentes cambiéis de criterio peor en cualquier caso sugerimos esperar a después del 5 para tomar una decisión de cómo actuar. Obviamente como indicó en la sexta televisión, Justo Pascual, socio director Avanzac, la banca siempre cobrará de una forma u otra, pero es importante que se deje asesorar por expertos en mala praxis bancaria.

Según hablemos de reclamación de impuestos de hipotecas a cargo de consumidores o del banco con efectos retroactivos o efectos de cuatro años atrás puede suponer para la banca un “perjuicio” que va desde 4.000 millones de quebranto hasta 30.000 millones, pensemos que 8 millones de españoles tienen en la actualidad una hipoteca vigente con la banca.

Desde AvanzAC Abogados & Consultores recomendamos que el cliente se deja asesorar por expertos y que de momento espere al resultado de la sentencia del TS supremo de 5 de noviembre de 2018.

https://youtu.be/9-0WFXCnGBM
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