Sentencia 1

El Supremo anula la compra de acciones Bankia por graves inexactitudes en el folleto de la salidad a Bolsa de Bankia

Las consecuencias primeras serán que los procesos judiciales de acciones Bankia se agilizarán y Bankia tendrá que dejar de alegar prejudicialidad penal

El Pleno de la Sala de lo Civil, que preside el magistrado Francisco Marín Castán, ha comunicado el 27 de enero de 2016 una sentencia fundamental para multitud de afectados por las acciones de Bankia en su salida a Bolsa en 2011. El Tribunal Supremo ha confirmado dos sentencias de las Audiencias Provinciales de Valencia y Oviedo que obligaba a Bankia a devolver a dos compradores de acciones de la entidad el dinero que invirtieron porque existían «graves inexactitudes» en el folleto de la oferta pública de títulos de la entidad, que se estrenó en Bolsa en julio de 2011. Además rechaza que la causa penal pendiente en la Audiencia Nacional pueda paralizar las reclamaciones individuales en la vía civil.

Acciones Bankia AvanzACAbogados

Se ha avanzado el fallo en el que concluye que «Hubo error en el consentimiento por parte de los adquirentes debido a las graves inexactitudes del folleto de la oferta pública».  El contenido detallado de las sentencias se conocerá en los próximos días.

Aspectos relevantes de las sentencia respecto a los pequeños inversores de acciones Bankia: error sustancial en la salida a Bolsa de Bankia y no a lugar prejudicialidad penal

Desde AvanzAC Abogados consideramos muy relevante dos aspectos:

  • El primero es que el Tribunal Supremo confirma las sentencias de dos Audiencias Provinciales, una de Valencia y otra de Oviedo, por la existencia de error sustancial en la salida a Bolsa de Bankia de 2011.

En concreto en la Sentencia de Audiencia Provincial de Valencia decía:
«La incorrección, inveracidad, inexactitud o los errores contables sobre esos datos publicitados en el folleto, nos lleva a concluir que la información económica, financiera y contable divulgada al público suscriptor, resultó inexacta e incorrecta, en aspectos relevantes, primordiales y sustanciales como son los beneficios y las pérdidas de la sociedad emisora«, y ahora esa sentencia está avalada por el Tribunal Supremo.

También en similar argumentación la resolución, ahora ya firme, de la Audiencia de Oviedo: «Lo expuesto lleva a la conclusión, como ya lo hizo el juzgador de instancia en su resolución, que la información llevada a efecto en la oferta pública por la entidad demandada resultó incorrecta e inveraz en aspectos relevantes, dando apariencia de una solvencia que no se correspondía con la realidad de su situación financiera«.

  • Y en segundo lugar los magistrados del Supremo han rechazado la solicitud de la entidad de que todas las causas civiles de este tipo queden paralizadas hasta que se resuelva la causa penal abierta en la Audiencia Nacional por la salida a Bolsa, es decir, no a lugar a la prejudicialidad penal.

Consecuentacia de la resolución del Tribunal Supremo respecto a la salida a Bolsa de las Acciones Bankia y rechazo de la prejudiacilidad penal

Desde AvanzAC abogados entendemos que los procedimientos civiles se agilizarán en gran medida. Además,  ahora Bankia ya no alegará la prejudicialidad penal en los juicios y audiencias previas.

En cualquier caso Bankia tendrá que dejar de apelar porque el Supremo da la razón en última instancia y sería una temeridad por parte de Bankia.

En ese sentido felicitar a todos los afectados por las acciones Bankia que hayan demandado porque entendemos la resolución serán aún más ágil.

Si has sido inversor de acciones Bankia y todavía no has reclamado tu dinero invertido, desde Avanzac Abogados te instamos a que demandes antes de mayo de este año, fecha que se cumplen los cuatro años en que se reformularon las cuentas, en mayo de 2012.

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